Despenalización del Suicidio Medicamente Asistido.

La Corte Constitucional despenalizó el inciso 2 del artículo 107 del Código Penal, por lo que en lo sucesivo el medico que preste su ayuda a la realización del suicidio para poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión o enfermedad grave, no será sujeto de reproche penal.

Al igual que frente a la despenalización de la eutanasia o del aborto, ante la decisión de la Corte, se escucharon las consecuentes voces en pro y en contra y se generan, por ende, los interminables debates sobre la prevalencia del derecho a la vida, la dignidad etc.

Las arraigadas convicciones sociales de un mundo con alta influencia de la religión cristiana, imprimen cierta dificultad para aceptar el tema sin sentir cierta represión moral. Por lo menos eso siento en lo personal.

Sin embargo, es un mundo cambiante, la realidad que hoy enfrenta la humanidad se ha transformado diametralmente de lo que conocíamos incluso cinco años antes.

Con perplejidad observamos hace dos años que nuestra cotidianidad de un momento a otro se convirtió en aislamiento en nuestros lugares de residencia, en donde además trabajamos, estudiamos y esperamos con incertidumbre un desenlace que no conocíamos. Es un mundo cambiante, imprevisible y los criterios personales hoy mas que nunca son muy disímiles, al punto que hablar del concepto de sentido común será una utopía difícil de expresar.

Bajo esas consideraciones, el derecho debe cambiar y tiene la titánica labor de encontrar un punto medio que sirva de regla para toda la sociedad, labor difícil de conseguir.

Por ello, debemos entender más allá de nuestras convicciones que si se tiene derecho de vivir, se debe tener el derecho de morir, sobre todo si el derecho supremo, la vida, no se ejerce de acuerdo con las condiciones que la dignidad humana reclama.

Así las cosas, la despenalización del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal, es el reflejo de la transformación en la consagración e interpretación de los derechos. No es dable prohibir mediante la coerción penal la trascendental decisión de terminar con intensos o graves sufrimientos. La asistencia medica al suicidio es un reflejo de humanidad en la visión que la Corte tiene sobre el derecho.

Otra discusión será, si el máximo Tribunal Constitucional se abrogó o no la función del legislador, sobre ello habrá que delimitar los temas y competencias, sin embargo, la despenalización se requería ya, pues con tan solo una persona que se beneficie de la medida, la decisión ha sido justificada.

Juan Carlos Castillo Pachón.