¿pandora papers, un escándalo?
Una nueva filtración del grupo ICIJ (International Consortium Of Investigative Journalits) ha puesto en la mira internacional los denominados “papeles pandora”, acerca del manejo de patrimonios, a través de la utilización de empresas off shore en países de incipiente o nula tributación, denominados popularmente paraísos fiscales. En lo que corresponde a nuestro país, la filtración, a manera de escándalo, menciona a figuras relevantes como la de los expresidentes Cesar Gaviria Trujillo y Andrés Pastrana Arango y, a altos dignatarios del actual Gobierno, como la misma vicepresidente Martha Lucía Ramírez, la ministra de transporte Angela María Orozco, e incluso, paradójicamente, al actual director de la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales, Lisandro Junco.
Sin embargo, las explicaciones de los mencionados no se hicieron esperar y, hasta ahora, frente al contenido de las informaciones filtradas, parecen satisfactorias. Al punto que no se conoce de labores reactivas de la DIAN, como sucedió con el pasado escandalo denominado Los Papeles de Panamá, episodio en el cual al día siguiente se realizaron impulsivos allanamientos administrativos a la sede de la firma Mossack Fonseca en Colombia.
Ahora, se observa cierta mesura, no solo en la reacción de la Dirección de la DIAN, sino en los mismos reportajes que se han ocupado del caso pandora. Ya no se habla con vehemencia de la consumación de conductas punibles como las de lavado de activos, sino que se apela a la ética que debieron guardar quienes a acudieron a esta práctica, señalando que no necesariamente la utilización de empresas off shore constituyen conducta penal, sino que su ilegalidad está supeditada a la omisión de declaración de los recursos en el país de origen.
Claro, no podemos pasar por ingenuos, esta actividad de disminución de la carga de tributación camina por una delgada línea entre la legalidad y la ilegalidad, por ello, toda denuncia que se haga en contra de esta clase de hechos será siempre bienvenida. Sin embargo, debe contener la prueba suficiente que permita diferenciar si la practica constituyó un hecho de relevancia penal o simplemente uno que afecte la ética, la cual valga decir, difiere de manera diametral en cada concepción particular. El asunto hasta ahora empieza y, esperemos que la investigación denominada pandora, haga justicia a su nombre y revele todos los secretos de actividades de evasión tributaria, con su respectiva demostración que permita judicializar a sus responsables. De lo contrario, solo servirá para abrir radicados penales con poca vocación de éxito, como en el pasado ha sucedido.
En Colombia, el artículo 434 A del Código Penal, establece como conducta punible la omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes y, el parágrafo segundo de dicha norma prevé una forma propia de extinción, sin embargo, dicha norma de aplicación especial ha sido soslayada por los operadores de justicia prefiriendo la imputación de delitos como los de lavado de activos, enriquecimiento ilícito e incluso punibles contra la fe pública, reitero, sin efectiva o difícil demostración.
Aun así, como sucede con la mayoría de los comportamientos ilícitos, la practica denunciada por el consorcio internacional al parecer se encuentra en franco aumento, lo que nos lleva a cuestionarnos el por qué las personas optan por esta actividad. ¿Acaso una carga impositiva demasiado elevada e injustificada?, o, ¿el derecho penal resulta insuficiente para evitar la evasión? Habrá que revisar tanto los estatutos tributarios como la política criminal en este sentido.
La lucha contra toda forma de evasión fiscal no solo debe continuar, sino que debe optimizarse, sobre todo si la misma proviene de funcionarios públicos, no obstante, de nada servirá una filtración que no aporte nada más que noticias, es necesario que se alleguen las pruebas que demuestren la existencia de una evasión fiscal con incidencia administrativa y penal, que permitan la condena y el resarcimiento de los daños a los recursos del Estado, de lo contrario no pasara de un simple escándalo.
Juan Carlos Castillo Pachon.
Abogado penalista.