ARTÍCULOS POR EL DR. JUAN CARLOS CASTILLO

Abusar del derecho a litigar puede configurar responsabilidad civil extracontractual.

El Ordenamiento jurídico provee de herramientas legales para defender los derechos subjetivos, sin embargo, este poder de acción no es absoluto o ilimitado pues debe ejercerse acorde a su finalidad y sin intención de hacer daño a los demás.

Encuentra sus límites en el respeto por los atributos de los demás o en la prohibición genérica impuesta a cada persona de abusar de sus derechos so pena de indemnizar los daños que genere a terceros (Artículo 95 C.P. Artículo 830 del C. Co.)

Declaran inconstitucional una circunstancia de agravación del delito de abandono.

La Corte Constitucional informó la inexequibilidad de una circunstancia de agravación del delito de abandono, contenida en el inciso 2 del artículo 130 del Código Penal.

“Art. 130. Circunstancias de agravación»

Si de las conductas descritas en los artículos anteriores se sugiere para el abandonado alguna lesión personal, la pena respectiva se aumentará hasta en una cuarta parte.